9 de febrero de 2017

Procura 016 Adquisición de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (IQBF)

Procura 016 – Adquisición de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (IQBF)

Preámbulo
Entre las varias adquisiciones que requieren permisos y tratamientos especiales, los IQBF representan la mayor parte de las precauciones y cuidados para evitar caer en faltas (que incluso pueden terminar en el encarcelamiento de los involucrados en la compra, manipulación, transporte, almacenamiento y uso de estos productos, lo que no ocurre con los explosivos y el transporte de los demás materiales peligrosos incluidos en el Libro Naranja de la ONU (materiales ácidos, gases comprimidos, radioactivos, etc.) y/o residuos peligrosos).
Estas adquisiciones, además de cumplir con los requerimientos comerciales habituales de cualquier transacción comercial, deben efectuarse de acuerdo a las regulaciones establecidas por el estado.

Disposiciones Legales Vigentes
Desde que se inició el control de insumos y sustancias que son usadas para la preparación de drogas (inicialmente llamados IQF y hoy IQBF), la legislación ha evolucionado conforme se iban identificando nuevos productos y procesos para la elaboración de drogas (generalmente, de acuerdo a las actualizaciones del informe de las Naciones Unidas emitido por la Junta Internacional de Fiscalización de EstupefacientesJIFE, el último de Marzo 2016).

En el Perú, el control estuvo a cargo del Ministerio de la Producción y ahora está a cargo de la SUNAT
(porque parte de su función es inspeccionar los contenedores con carga de exportación e intervenir los camiones con carga en las carreteras) y en coordinación con la Policía Nacional (DIRANDRO), y alcanza a todos las empresas o Usuarios que desarrollan Actividades Fiscalizadas (es decir, todas las actividades de producción, fabricación, preparación, envasado, re-envasado, comercialización, transporte, servicio de transporte, almacenamiento, servicio de almacenamiento, transformación, utilización o prestación de servicios en el territorio nacional, regímenes y operaciones aduaneras para el ingreso y salida del país, referido a los Bienes Fiscalizados), de acuerdo al registro establecido en el Decreto Legislativo N° 1126.

Resumiendo, las disposiciones legales vigentes son:
D.S. N° 348-2015-EF          Nueva Lista de IQBF.
D.L. N° 1126                      Medidas de control de IQBF
R.S. N° 173-2013/SUNAT    Normas para el registro y control de IQBF.
D.S. N° 009-2013-IN          Zonas geográficas del Régimen Especial de Control.
R.M. N° 350-2013-MTC/02  Vías de transporte para rutas fiscales.
R.S. N° 255-2013/SUNAT    Obligaciones de registro de operaciones e informe de pérdidas, robo, derrames, etc.
D.S. N° 010-2015-EF          Tabla de Infracciones y Sanciones y Procedimiento Sancionador.
D.L. N° 1241                      Fortalecimiento de la lucha contra el tráfico de drogas.
R.S. N° 113-2016/SUNAT    Puestos de Control Obligatios para IQBF
D.L. N° 1339                      Medidas de Control de IQBF, maquinarias y equipos utilizados para elaboración de drogas ilícitas.
Para ver otras normas y leyes, ver arriba el link de SUNAT.


Estas normas alcanzan también a todas las empresas con establecimientos de venta de combustibles o consumo directo de combustibles, y Transportistas que realicen operaciones relacionadas con las actividades de distribución, transporte, uso, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos en las zonas geográficas sujetas al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos (Decreto Legislativo N° 1103).

Administración de Materiales - Lista de IQBF
Las normas y leyes vigentes separan los IQBF en dos anexos y un párrafo explicativo:
1.    Anexo 1. IQBFs de registro, control y fiscalización a Nivel Nacional
2.    Anexo 2. Disolventes de registro, control y fiscalización en las zonas geográficas del Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados.
3.    Mezclas. Estos son párrafos explicativos que precisan concentraciones mínimas para establecer si un producto es o no un IQBF (como el thinner y otras mezclas conocidas).

Anexo 1
IQBF
Otras Denominaciones
1
Ester Acético; Ester Etílico del Ácido Acético; Ester Etilo Acético; Etanoato de Etilo; Acetidin; Vinagre de nafta.
CAS N° 141-78-6. Se usa para producir thinner, y en el laboratorio para cromatografía líquida y extracción.
2
Etanoato de Propilo; n-Propil Éster del Ácido Acético; Acetato de Propilo.
CAS N° 109-60-4
3
Acetona
C3 H6 O
Acetonum; Dimetilcetona; Dimetilquetona; Propanona; Espíritu Piroacético; 2-Propanona; Beta ketopropanona; Éter Piroacético, Ácido Piroacético.
CAS N° 67-64-1. Se usa para la fabricación de plásticos, fibras, medicamentos y otros productos químicos.
4
Ácido Orto Aminobenzoico; 1-Amino 2-Carboxibenceno; Ácido 2-Aminobenzoico; Orto-Carboxianilina
CAS N° 118-92-3. Se usa como aromatizante artificial, en perfumería y en la fabricación de pigmentos.
5
Ácido Muriático; Ácido Hidroclórico; Cloruro de Hidrógeno en solución acuosa.
CAS N° 7647-01-0
6
Ácido Metanoico, Ácido Hidroxicarboxílico
CAS N° 64-18-6.
7
Nitrato de Hidrógeno; Ácido Azótico; Hidróxido Nitrito; Ácido Fumante; Aqua Fortis
CAS N° 7697-37-2
8
Oleúm; Ácido Sulfúrico Fumante; Sulfato de Hidrogeno; Aceite de Vitriolo; Ácido Sulfúrico diluido; Ácido Sulfúrico en solución; Ácido Tetraoxosulfúrico (VI); Tetraoxosulfato (VI) de Hidrógeno; Licor de Vitriolo; Espíritu de Vitriolo.
CAS N° 7664-93-9
9
Amoniaco Anhidro; Gas Amoniacal; Amoniaco en solución; Solución Amoniacal; Hidróxido de Amonio.
CAS N° 1336-21-6
10
Oxido Acético; Anhídrido del Ácido Acético; Óxido de Acetilo; Anhídrido Etanoíco
CAS N° 108-24-7. Se usa para hacer detergentes, farmacos (aspirina y parecetamol), y en la producción de plásticos.
11
Benceno
C6 H6
Benzol; Benzole; Nata de Carbón; Pirabenzol; Naltu Mineral; 1,3,5-Ciclohexatrieno.
CAS N° 71-43-2. Se usa como componente de combustibles, disolvente de grasas, aceites y pinturas; y en la manufactura de detergentes, explosivos y productos farmacéuticos.
12
Carbonato bisódico; Sal de Sosa cristalizada; Subcarbonato de Sodio; Carbonato Sódico neutro; Ceniza de Sosa Liviana; Sosa Calcinada; Cenizas de Perla; Carbonato Sódico Anhidro; Sosa del Solvay; Barrilla; Natrón Cristales de Soda.
CAS N° 497-19-8. Se usa como ablandador del agua, fundente metalúrgico, industria cerámica, petrolera, etc.
13
Sal Tártara; Carbonato Bipotásico; Cenizas de Perla.
CAS N° 584-08-7. En Laboratorios se usa como agente higroscópico, fabricación de jabón y vidrio.
14
Sal de Amoniaco; Sal Amónica; Clorhidrato Amónico
CAS N° 12125-02-9. Se usa en fármacos
15
Éter Etílico
C4 H10 O
Oxido de Etilo; Óxido Dietílico; Éter anestésico; Éter Dietílico; Éter Sulfúrico
CAS N° 60-29-7. Uso anestésico, y para disolver grasas, azufre y fósforo.
16
Hexano
C6 H14
Hexano Normal; N-Hexano; Hidrido de Caproilo; Hidrido Hexílico; Iso-Hexano y mezcla de isómeros.
CAS N° 110-54-3. Disolvente industrial.
17
Hidrato de Calcio; Cal hidratada; Lechada de Cal Apagada; Cal Muerta.
CAS N° 1305-62-0. Se usa en procesos metalúrgicos, pesticidas, aditivos petroquímicos, e industria alimentaria, Construcción, tratamiento de aguas, etc..
18
Lejía Hipoclorito Sódico; Agua de Labarraque
(sólo si la concentración
> 8 %)
CAS N° 7681-52-9. Tratamiento del agua, desinfectante, blanqueador textil, etc.
19
Isosafrol
(CH2 OO)C6 H3 (CH=CHCH3)
1,2 Metilenodioxi 4-Propenilbenceno; 5-1 Propenil 1,3 Benzodioxol; 1,4-Diacetylbenzene; 1-(4-Acetyl-phenyl)-ethanone.
CAS N° 120-58-1. Para la producción de la droga Extasis.
20
Petróleo Lampante; Aceite Mineral; Kerosina; Keroseno
21
Metil Etil Ketona; Butanona; 2-Butanona; MEK
CAS N° 78-93-3.
22
Metilo isobutil ketona; isopropilacetona; hexona; 4-metil-2-pentanona; MIBK.
CAS N° 108-10-1.
23
Cal Viva; Cal Fundente.
CAS N° 1305-78-8. Se usa en Metalurgia, Siderurgia, Química, Vidrio, Curtidos, Construcción, etc.
24
Camaleón Mineral; Camaleón Violeta; Permanganato de Potasa; Sal de Potasio del Ácido Permangánico.
CAS N° 7722-64-7. Se usa como oxidante en Laboratorio, y como desinfectante.
25
Piperonal
C8 H6 O3
Heliotropina; 3,4-Metilenodioxi-Benzaldeido; Aldehidoperonílico; Carboxaldehyde; Heliotropin.
CAS N° 120-57-0, 30024-74-9 y 659726-32-6. Se usa en insecticidas.
26
Safrol
CH2 OO(C6 H3) CH2 CH=CH2
1,2-Metilenodioxi 4-Alilbenceno; 4-Alil – 1.2 Metilenodioxy – Benzol; 5-2 Propenil – 1,3 Benzodioxol.
CAS N° 94-59-7, 1406-55-9 y 8022-92-2. Se usa en la producción de la droga Extasis.
27
En la forma anhidra: Sulfato sódico Anhidro; Sulfato Sódico Desecado; Torta de Sal; Thenardita (mineral).
En la forma hidratada: Sulfato sódico Decahidratada; Sal de Glauber; Mirabitalita (mineral); Vitriolo de Sosa.
CAS N° 7757-82-6. Higroscópico desecante de Laboratorio e industria química. Fabricación de celulosa.
28
Tolueno
C7 H8
Toluol; Metil Benzol; Hidruro de Cresilo; Fenilmetano; Metilbenceno; Metacida.
CAS N° 108-88-3. Materia prima del Poliuretano, medicamentos, colorantes y perfumes.
29
Xileno
C8 H10
Dimetilbenceno; Xilol; Orto-xileno; Meta-xileno;
Para-xileno y Xilenos mixtos.
CAS N° 1330-20-7. Se usa como disolvente y en la formulación de combustibles.
El Anexo 1 de la lista del DS 348-2015-EF está numerada hasta el 30, pero se debe a que no registra el N° 17.

Anexo 2
IQBF
Otras Denominaciones
1
Diesel y las mezclas con Biodiesel
Diesel BX; Diesel BX S50; Mezclas de Hidrocarburos y Biodiesel, FAME
2
Gasolinas y Gasoholes
Mezclas de hidrocarburos y alcoholes carburantes
3
Hidrocarburo Alifático Liviano
Mezclas de hidrocarburos C5-C8; Condensados de Gas o Gasolina
4
Hidrocarburo Acíclico Saturado
Mezclas de hidrocarburos C8-C12; Corte de Nafta virgen de hidrocarburos acíclicos saturados.
5
Kerosene de Aviación Turbo A1
Mezclas de hidrocarburos
6
Kerosene de Aviación Turbo JP5
Mezclas de hidrocarburos
7
Solvente N° 1
Bencina; Mezclas de hidrocarburos C5-C8
8
Solvente N° 3
Varsol; Mezclas de hidrocarburos C8-C12

Mezclas – Lista N° 1
Es considerado IQBF cualquier producto (con cualquier denominación o nombre) que contenga dentro de su composición a alguno de los IQBF en las siguientes concentraciones:
IQBF                                        Composición
Concentración
5
Ácido Clorhídrico                 H Cl
> 10%
8
Ácido Sulfúrico                    H2 S O4
> 10%
12
Carbonato de Sodio             Na2 CO3
> 30%
13
Carbonato de Potasio           K2 CO3
> 30%
17
Hidróxido de Calcio              Ca (OH)2
> 40%
23
Oxido de Calcio                   Ca O
> 40%
24
Permanganato de Potasio     K Mn O4
>  2%
27
Sulfato de Sodio                  Na2 SO4
> 30%

Así mismo, a toda mezcla líquida orgánica disolvente que contenga uno o mas IQBF tales como acetona, acetato de etilo, acetato de n-propilo, benceno, éter etílico, hexano, metil etil cetona, metil isobutil cetona, tolueno y xileno, con concentraciones sumadas superiores al 20% en peso. No están incluidos los aerosoles.

Observaciones y Comentarios
·  Los nombres y denominaciones que se usen en las normas legales no son limitantes o excluyentes; el Usuario (o ejecutante de alguna de las Actividades Fiscalizadas) debe registrar e inscribir los productos con los nombres que fuesen y que se ajusten a los usos, aplicaciones y procesos de los IQBF descritos.
·  El Usuario final (Operaciones, Producción, Ingeniería, Mantenimiento o quién haya generado la Requisición de Materiales) debe orientar la identificación del IQBF y su aplicación.
·  Los links de IQBF de la lista N° 1 sólo son referenciales. El MSDS a usar es el que el Proveedor entrega al aceptar la Orden de Compra.
·  En el grupo de las mezclas están el Thinner, el disolvente más utilizado para trabajos de pintura y limpieza industrial, y casi todos los aditivos y cementos de vulcanizado en frío de fajas transportadoras (lo que hace más conveniente no importarlos, y comprarlos al representante local de Rema Tip Top).

Gestión de Compra y Activación (Purchasing & Expediting)
Para poder comprar, la empresa debe estar registrada como Usuaria que desarrolla alguna de las actividades fiscalizadas de:
Producción, Consumo, Compra Local, Venta Local, Importación, Exportación, Manipulación, fabricación, preparación, envasado, re envasado, comercialización, transporte, servicio de transporte, almacenamiento, servicio de almacenamiento, transformación, utilización o prestación de servicios en el territorio nacional, regímenes y operaciones aduaneras para el ingreso y salida del país.
Para la inscripción, SUNAT recomienda el siguiente Link: Procedimiento, el cual requiere (entre otros datos) de la identificación de los responsables del manejo de los IQBF (nombres, DNI, etc.), datos de los establecimientos (actividades a realizar y responsables), datos de los conductores destinados al transporte de IQBF (nombres, DNI, Licencia, etc.), datos de los vehículos destinados al transporte de IQBF (marca, modelo, vía de transporte, nombre de la nave, año, etc.), etc.
Cuando se está seguro que el producto a adquirir está registrado en la inscripción de la empresa, el proceso de compra se inicia enviando la RFQ a una empresa local registrada como comercializadora de IQBF o a una empresa extranjera a la que se le comunicará que el producto a cotizar es de uso fiscalizado en el Perú y que deberá proporcionar toda la información que la legislación peruana requiera, a fin de solicitar una Autorización de Ingreso (a presentar para cada Declaración de Aduanas de Materiales -DAM). 
Después de emitida la Orden de Compra, Activación debe verificar que además del cumplimiento de plazos, el Proveedor también entregue toda la documentación necesaria para los permisos y el tránsito de la carga.

Observaciones y Comentarios
·   La documentación a entregar por el Proveedor debe ser vigente y actualizada (Technical Data Sheets, MSDS, Memorias de Cálculo de Procesos, Cálculo de Indicadores de Consumo, Facturas, Guías de Remisión, Packing List, etc.).
·   Para evitar mermas en el transporte o incidentes en el Almacén o en la Operación, es importante resaltar el requerimiento de envases, embalajes y empaques apropiados para manipulación severa y almacenamiento a la intemperie.
·   Los Proveedores sugeridos en “Referencias” son los que cubren los mas altos grados de fabricación (grado QP, para uso en Laboratorio), pero hay varias aplicaciones en las que se requieren grados menos exigentes (como el grado Técnico), lo que permite ubicar otros Proveedores con insumos acordes al requerimiento real de cada empresa.

Tráfico y Logística (T&L)
De todas las actividades fiscalizadas, el transporte (propio o contratado) es el proceso que más problemas y ocurrencias genera, ocasionando incluso el decomiso de la carga.
Sólo para el tráfico internacional, no se requiere que los vehículos (marítimos o aéreos) sean registrados en la inscripción de IQBF, pero por cada importación debe comunicarse las características de la nave y de la logística hasta el arribo al Perú.
Para compras locales, sólo se puede realizar el transporte en vehículos autorizados y con conductores registrados (adicionalmente a ser IQBF, todos son MatPel (HazMat), y las exigencias son mayores pues también deberá tener autorización de DIGESA y otros relacionados).
La R.M. 350-2013-MTC/02 establece las Rutas Fiscales como vías de ingreso o salida que pueden ser utilizadas por las empresas mineras para el transporte de IQBF. Para entrar o salir de Lima, son las carreteras Panamericana Norte (hasta Ancón), Panamericana Sur (hasta Pucusana) y Central (hasta La Oroya). Adicionalmente, establece otras rutas fiscales para la zona del VRAEM, del Alto Huallaga, el departamento de Puno, los departamentos de Ica y Arequipa, y el departamento de Madre de Dios.

Observaciones y Comentarios
·   Todos los IQBF son materiales peligrosos (MatPel).
·   No todos los Materiales Peligrosos (MatPel) son IQBF.
·   Para importaciones, el N° de Autorización de Ingreso se genera en la web de SUNAT. La Autorización de Ingreso debe existir antes del arribo de la nave.
·   Todos los documentos deben estar en español (MSDS, Technical Data Sheet, Commercial Invoice, Packing List, etc.), por lo que es importante que el Proveedor extranjero garantice la entrega de este documento en español.
·   El control de pesos es mucho más exigente que para otros productos.
·   Verificar el requerimiento de Guías de Remisión Electrónicas BF

Almacenamiento (Warehousing)
El lugar y condiciones de almacenamiento deben ser estrictamente cumplidos de acuerdo al MSDS de cada producto, y se debe disponer de ambientes separados e independientes del resto de materiales, lo que involucra también mantener registros diarios y mensuales de entradas y salidas.

Observaciones y Comentarios
·   Los registros del establecimiento se empiezan a cargar y reportar a partir de vigencia de la Inscripción en el Registro de IQBF.
·   Debe registrarse y controlarse el inventario diario y presentarse mensualmente (de manera consolidada).
·   Debe registrarse todas las incidencias, y de ser el caso, informar inmediatamente de mermas, derrames, pérdidas, robos, borras, etc., en el plazo de un día calendario. El informe/comunicación de incidencias tiene carácter de Declaración Jurada, y deberá comunicarse a SUNAT y a la Policía Nacional.

Referencias
Respecto a Proveedores, cada link de los IQBF mencionados arriba corresponde al respectivo MSDS, el cual contiene los datos (nombre, teléfonos, direcciones y website) de los fabricantes y/o distribuidores (como J.T. Baker). Los invito a revisarlos.

Para el manejo administrativo y formal de IQBF, una buena referencia general es la publicación de SUNAT “Código de Conducta del Usuario de IQBF”, que contiene la información necesaria para proceder correctamente.



Para terminar, invito a comentar y compartir anécdotas, problemas y lecciones aprendidas a los amigos y colegas de Procura, como Alberto Timoteo de Fluor, Carlos Poves y Jorge Sandoval de DRP, Miguel Aguirre de Vale, Nazia Gutiérrez, y Héctor López y Juan C. Calderón de Bechtel, Juan Russi de UNACEM, Cesar Rojas de C.M. Horizonte, Carla Franco y Julio Vilca de Milpo, Ántero Palacios de Minera Quiruvilca, Cristian Jara de Minera Laytaruma, José Luis Orellana de MARSA, Artemio Rodríguez y José Benavides de Minera Corona, William Guerrero y Enrique Alania de Antamina, Mario Rondón y Arturo Cueto de SPCC, Oscar Rebaza y Bárbara Flores de Nyrstar, Edgardo Cruz de Votorantim, Jorge Apaza de Las Bambas, y a los amigos y colegas de Mantenimiento y Operaciones del CMLO como Luis Llerena, Nicolás De la Cruz, Miguel Pimichumo, Ramón Huañape ; Lionel Aragón, Fernando Córdova, Joel Huamán, René Ramírez, Julio Gutiérrez, Juan Sotomayor, Rafael Lorenzo y Atilio Rodríguez.

Saludos a Todos
Ing. Juan Valdivia J.

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