Procura 046
|
Regla Incoterms EXW 2010
|
Preámbulo
En Procura 019 les
presenté de manera general las Reglas Incoterms
(International Commercial Terms) de la ICC
(International Chamber of Commerce, fundada en 1919), así como algo de la bibliografía
disponible, y en Procura 021 les
presenté un caso de estudio para una importación DDP de una empresa canadiense
sin sucursal local.
Ahora les comento sobre la Regla
Incoterm ICC 2020 EXW, la más básica para la
compra-venta internacional (y que está por desaparecer en los Incoterms 2020), por lo que es la preferida de muchos Proveedores extranjeros debido a que es la que les exige las menores responsabilidades, obligaciones y
compromisos.
Alcances del Incoterm ICC
En general, por su efectividad demostrada las Reglas Incoterms ICC
son de uso general, pero de aceptación voluntaria (deben quedar
expresamente precisadas), porque establecen las obligaciones de las partes, en cuanto a la distribución de gastos y la transmisión
de riesgos, en un contrato de compra-venta internacional.
El EXW (Ex Work o “Ex
Fábrica” o “En Fábrica”) es la Regla Incoterms que pone las mercancías “a disposición“ del Comprador en las instalaciones del Vendedor (es
decir, en los almacenes de despacho propios del Proveedor, pero “sin
despacharlas para la exportación ni cargarla sobre el vehículo” de transporte),
por lo que a continuación del acrónimo EXW, se debe precisar la dirección de
cada local de entrega.
De manera resumida, esta Regla Incoterms indica las
siguientes obligaciones (la versión completa la pueden ver en el link
EXW):
A
Obligaciones del Vendedor |
B
Obligaciones del Comprador |
A1 Obligaciones Generales
·
Suministrar la mercancía y la factura comercial, y otra prueba de conformidad que pueda
exigir el contrato.
· Cualquier documento puede ser electrónico si así se acuerda entre las partes.
|
B1 Obligaciones generales
· Pagar el precio de la mercancía según lo
dispuesto en el contrato de compraventa.
· Cualquier documento puede ser electrónico si así se acuerda entre las partes.
|
A2 Licencias, Autorizaciones, Acreditaciones
de Seguridad y otras formalidades
A petición,
riesgo y expensas del Comprador:
·
Ayuda para obtener
cualquier licencia o autorización
oficial necesaria para la exportación.
· Proporcionar cualquier información
que se exija para la acreditación de seguridad de la mercancía.
|
B2 Licencias, Autorizaciones, Acreditaciones
de Seguridad y otras formalidades
Obtener a su propio riesgo y expensas:
· Cualquier licencia de exportación e importación u otra
autorización oficial.
· Llevar a cabo todos los
trámites aduaneros para la exportación de la
mercancía.
|
A3 Contratos de Transporte y Seguro
a. Contrato de
transporte. Ninguna obligación de
formalizar un contrato de transporte.
b.
Contrato de seguro. Ninguna obligación de formalizar un
contrato de seguro. Pero debe proporcionar, a petición, riesgo y expensas del
comprador, la información que necesite para obtener el seguro.
|
B3 Contratos de Transporte y Seguro
a. Contrato de
transporte. Ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de
transporte.
b. Contrato de seguro. Ninguna obligación ante el vendedor de
formalizar un contrato de seguro.
|
A4 Entrega
· Entregar la mercancía a
disposición del Comprador en el lugar de entrega designado, y no cargada en ningún vehículo de recojo.
· Si no se acordó un punto específico de entrega, y si hay
varios puntos disponibles, el vendedor
puede elegir el punto que más le convenga.
· El vendedor debe
entregar la mercancía en la fecha acordada o en el plazo acordado.
|
B4 Recepción de la Mercancía
Hacerse
cargo de la mercancía cuando se haya cumplido con A4 y A7.
|
A5 Transmisión de riesgos
Corre con
todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado
de acuerdo con A4, (con la excepción de las circunstancias descritas en B5).
|
B5 Transmisión de riesgos
Corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía
desde el momento en que se
haya entregado como se prevé en A4.
Si el Comprador
no realiza las notificaciones de
acuerdo con B7, corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la
mercancía:
·
Desde la fecha acordada o la
fecha de vencimiento del plazo acordado para la entrega, siempre que la
mercancía haya sido claramente
identificada como la mercancía objeto del contrato.
|
A6 Reparto de costes
El
vendedor debe pagar todos los costes relativos a la mercancía hasta que se haya entregado
de acuerdo con A4, diferentes de los pagaderos por el comprador como se prevé
en B6.
|
B6 Reparto de costes
El comprador
debe:
a. pagar todos
los costes relacionados con la mercancía desde el momento
en que se haya entregado como se prevé en A4;
b. pagar
cualquier coste adicional contraído por
no hacerse cargo de la mercancía cuando ha sido puesta a su disposición,
o por no realizar las notificaciones
apropiadas de acuerdo con B7;
c. pagar todos
los derechos, impuestos y demás gastos, así como los costes de llevar a cabo
los trámites aduaneros en la exportación; y
d.
reembolsar todos los costes y gastos contraídos por el vendedor al prestar su ayuda como se prevé
en A2.
|
A7 Notificaciones al comprador
Notificar al Comprador todo aquello que sea necesario para
permitir que el Comprador se haga cargo de la mercancía.
|
B7 Notificaciones al vendedor
Si tiene
derecho a determinar la fecha en
el plazo acordado y/o el punto para hacerse cargo de la mercancía: notificarlo al Vendedor.
|
A8 Documento de entrega
El
vendedor no tiene ninguna obligación
ante el comprador.
|
B8 Prueba de la entrega
El comprador debe
proporcionar al vendedor una prueba
adecuada de haberse hecho cargo de
la mercancía.
|
A9 Comprobación – embalaje – marcado
a. Pagar los
costes de las verificaciones (como
la comprobación de la calidad, medidas, pesos o conteos) necesarias para
entregar la mercancía de acuerdo con A4.
b.
A sus propias expensas, embalar la mercancía, a menos que sea usual, transportar sin
embalar el tipo de mercancía vendido.
c.
Embalar la mercancía de una
manera apropiada para su transporte, a
menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de
embalaje.
d.
El embalaje ha de marcarse
adecuadamente.
|
B9 Inspección de la mercancía
|
A10 Ayuda con la información y costes relacionados
Proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a su petición, riesgo
y expensas, cualquier documento e
información, incluyendo la relacionada con la seguridad, que necesite el
comprador para la exportación y/o importación de la mercancía y/o para su
transporte al destino final.
|
B10 Ayuda con la información y costes relacionados
·
Avisar al vendedor, de cualquier requisito de información sobre seguridad, de manera que
el vendedor pueda cumplir con A10.
·
Reembolsar al vendedor todos los costes
y gastos que haya contraído el vendedor al proporcionar o prestar ayuda para
obtener documentos e información según A10.
|
Y entre las Notas
Orientativas establecidas, estas advierten:
EXW representa la obligación
mínima para el vendedor. La regla debería utilizarse con cuidado ya que:
a. El vendedor no
tiene la obligación ante el comprador de cargar la mercancía. Si el vendedor
las carga, lo hace a riesgo y expensas del comprador. En los casos en que el
vendedor está en mejor situación para cargar las mercancías, FCA, que obliga al vendedor a hacerlo a
su riesgo y expensas, suele ser más
apropiado.
b.
El comprador que adquiere a un vendedor en condiciones EXW para
exportar ha de ser consciente que el vendedor tiene la obligación de
proporcionar sólo la ayuda que pueda requerir el comprador para efectuar dicha
exportación: el vendedor no está
obligado a organizar el despacho de exportación. Por consiguiente, es muy
conveniente que los compradores no
utilicen EXW si no pueden obtener, ni directa ni indirectamente, el
despacho de exportación.
c. El comprador tiene una obligación limitada de
proporcionar al vendedor información relacionada con la exportación de las
mercancías. Sin embargo, el vendedor puede necesitar esta información, por
ejemplo, con finalidades fiscales o
informativas.
Observaciones y Comentarios
Referencias
Para terminar, invito a comentar y
compartir experiencias o anécdotas a los amigos y colegas de Procura, como Leopoldo
Denegri, Paul Queens D. y Mario Benitez P. (Bechtel), Alberto Timoteo (Fluor), Eduardo Velásquez (Wood), Alberto Velarde (Cerro Verde), Jorge Sandoval, y Nicolas De la Cruz R. (DRP), Julio
Vilca D. (Milpo), Manuel Scollo y
Hector Inga (DHL), y especialmente Hernán Dulanto Orellana (APPROLOG) y Enrique Saenz V.
Un saludo a todos!!!
Juan Valdivia Jáuregui
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Hola!!!
Este blog es para compartir experiencias y consultas sobre Procura (Compras, Contratos, Almacenes, Activación, Administración de Materiales, QA/QC de Proveedores, TyL) y los temas relacionados ...
La comprobación que pide Blogger es solo para tratar de evitar spams ...
Esperamos tu participaciòn!!!