Son temas distintos que no deben ser mezclados o confundidos.
Hay trabajos
y empresas que aparecen o existen porque los Estados legislan que son necesarios
para el buen funcionamiento del sistema establecido (como el de
Agentes de Aduanas, de Notarios Públicos o de Árbitros Contractuales) y emiten leyes
y reglamentos que establecen los alcances y características de sus funciones.
De igual manera, hay algunas funciones que son establecidas por normas internacionales de gestión y aunque no tienen la obligatoriedad de las leyes o reglamentos legales, deben ser cumplidas por quienes desean adherirse a ellas y/o pretenden ser certificados u homologados por estas normas (como los sistemas de gestión de la calidad, de seguridad y salud, de responsabilidad social, de ‘compliance’, de gestión ambiental, etc.).
Los siguientes párrafos de la norma establecen que la Organización debe definir los controles al Proveedor externo, las consideraciones (impactos y eficacia) y establecer el alcance de las verificaciones.
Esta parte de la norma ISO 9001 dispuso que Procurement (Procura o Logística) tenga control del nivel de calidad que los Proveedores realizan para cumplir con una Orden o Contrato.
Es así como
en Procura aparecen los Supervisores de la
Calidad del Proveedor. Aunque la función era la misma, cada empresa denominó a sus integrantes con nombres como Supplier Quality Surveillors
(SQS), Supplier Quality Supervisor (SQS), Supplier Quality
Representative (SQR), Representante de Aseguramiento de la Calidad
del Proveedor, Supervisor QA/QC del Proveedor, etc.; quienes deben movilizarse a las instalaciones del
Proveedor para verificar y validar que los bienes, servicios u obras están siendo
fabricados o ejecutados de acuerdo a los términos y condiciones de la Orden de Compra
o Contrato (ver Procura 032).
Para que el Supervisor ejecute adecuadamente sus funciones,
la Organización debe establecer con el Proveedor o Contratista que el Supervisor
de la Calidad está autorizado por la Organización a presentarse en su
nombre y que tiene todos los atributos y requerimientos establecidos en el Sistema
de Gestión de Calidad (SGC) del Proveedor y los del Comprador (que deben
ser asumidos y aceptados por el Proveedor), y que él podrá emitir No Conformidades
y Observaciones, así como Rechazos y Liberaciones (al bien o al proceso
de ejecución).
De la misma manera como la recepción de bienes en el almacén del Comprador dispone que la Organización delega la verificación de calidad (la conformidad final) a los supervisores internos o propios (como Ingeniería, Operaciones, y/o a los Inspectores de Calidad), para realizar o ejecutar el control y aseguramiento de la calidad en las instalaciones del Proveedor, la Organización se apoya en Ingenieros y Técnicos calificados (a veces hasta Certificados) en especialidades como soldaduras (por AWS y ASME), de recubrimientos (por NACE), de tuberías (por API y ASME), de ensayos no destructivos (por ASNT y ASTM), etc., que pueden pertenecer al área de Procura o ser subcontratados para hacerlo.
El trabajo del Supervisor de la Calidad del Proveedor
se ejecuta durante el control de avance de la fabricación, y culmina con la liberación
de los productos y sus funciones principales están íntimamente
relacionadas con:
(1)
|
Validar el uso adecuado de las especificaciones
técnicas y los planos de la orden o contrato,
|
(2)
|
Verificar el cumplimiento real del programa
de entregas,
|
(3)
|
Participar de las Pruebas y Ensayos
establecidos y reportar los resultados.
|
(4)
|
Ejecutar las liberaciones técnicas
o las conformidades técnicas, para que:
a. Activación
(Expediting) controle el cumplimiento de los cronogramas y del alcance de las
Órdenes, y prevenir retrasos, coordine Cambios de Órdenes y sustente reclamos,
b. T&L
coordine los equipos y vehículos adecuados para el carguío y transporte, y
c. Almacenes
esté advertido de la necesidad de espacios y de condiciones especiales de recepción,
custodia y resguardo,
|
(5)
|
Verificar el dossier de calidad
(aprobando los documentos emitidos por el Proveedor).
|
1. |
La administración de la calidad comenzó
en Japón, desarrollando el concepto de TQM o Total Quality Management,
centrado en la satisfacción del cliente a largo plazo, y que involucra la participación
de todos los trabajadores. |
2. |
La cláusula 8.4 de ISO 9001:2015 también
es la que limita (pero no impide) a las empresas con sistemas de gestión
de calidad, a comprar y contratar sólo a Proveedores con SGC
o que hayan sido homologados por sus programas de aseguramiento de la calidad
(QA/QC). |
3. |
La supervisión de
la calidad del proveedor es la función de Procura que requiere del
personal técnicamente más especializado del área (por las
certificaciones y calificaciones que deben poseer). |
4. |
Sólo para ilustrar
el tema de la inducción de las necesidades operativas, en más de una ocasión he tenido que discutir
con algunos Supervisores de Calidad que no
liberaban materiales que estaban debidamente fabricados o ejecutados (sobre todo cuando adquiríamos estructuras
metálicas), pero que estaban “con los efectos de la
intemperie” (un poco de polvo) al momento de la inspección, sin
tener en cuenta que, por condiciones climáticas del tránsito hasta la Obra (en una Mina en la sierra sur de Perú), la
pieza “limpia” no sólo va a llegar con polvo sino hasta con barro. |
5. |
La relación de los Supervisores de Calidad con el resto de las áreas de Procura será mejor o peor dependiendo de la experiencia de éste, del nivel de comunicación deseado (cantidad y frecuencia de los reportes), del nivel de inspección pactado (alto, medio o bajo), de las condiciones de entrega (documentos, pruebas, ensayos y controles establecidos para las liberaciones de embarque, ver Procura 068), y del tipo de tránsito y transporte requerido hasta el punto de entrega acordado. |
6. | Los Proveedores deben
tener presente este requerimiento de ISO 9001, y considerar en sus propuestas los
costos adicionales u ocultos que se pueden originar debido a los
requerimientos del Supervisor de la Calidad del Proveedor, y que se basa en
vigilar que se cumplen las pruebas, ensayos y requerimientos técnicos
establecidos con las especificaciones técnicas (ver Procura 032). |
1. Especificaciones
ISO
a. ISO 17025:2017
b. ISO 5725-1:1994
c. ISO 10012
d. ISO 17034:2016
e. Guía ISO 33:2015
f. Guía ISO 80:2014
g. ISO 3834-1:2005
2. AWS
a. AWS D1.1/D1.1M-2010
b. AWS D1.4/D1.4-2011
3. API
a. API 1104
b. API Spec Q2
c. API RP 2X
d. API RP 10B-4
4. ASME
a. ASME NQA-1
b. The National Board and ASME
c. Boiler and Pressure Vessel Certification
d. Parts Fabrication Certification
5. NACE
a. Coating Inspector Certifications
b. General Coating Certifications
6. ASNT
7. ASTM
ASTM E165-02
Por su
experiencia y conocimientos, invito a comentar sobre este tema a los colegas de
Fluor (Eduardo Arenas, Fernando Ramos, Freddy Giraldo, Eduardo Maury, Diana Monteza
G. y Percy Osorio M.), Bechtel (Alfonso Uriarte G., Paul Garcés, María Prince, Héctor Lopez
D. y Martín Carhuattocto), Marcobre (Alfonso Pasapera), Antamina (Jorge Martínez y Roberto Deza V.), Haug (Roberto Quispe Fuster), M3 (Milton García
C.), CCM2L (Antonio Traverso C. y
Marta Vergaray), El Brocal (Percy
Cristobal), Cerro Verde
(Alberto Velarde Ch.), Nexa (Miguel Aguirre), Anglo American (Xenia Rodríguez Q. y
Vanessa Aldave M.), Santo Domingo
(Javier Bohórquez), IPD (Juan Pablo De la Cruz), MDH (Freddy Matute M.), FAMESA (Víctor Huaraz C.), COSAPI (Fabrizzio Gonzales B.), SNC-Lavalin (Miguel Vargas, Juan Juárez
V. y Ulises Proaño), Minsur (Julio Vilca D.), Grupo GyM (Gian
Carlo Mondragon O.), Chinalco (Luis Segundo,
Julio Cisneros, Rafahel Ruiz R., Johnny Chang L. y Luis Osorio
T.), DRP (Tito León
A., Carlos Poves S., Julio Gutiérrez y Gregorio Jaime A.),
DIAR Ingenieros
(Sergio Moreno F.), Consorcio
PMC Talara (Miguel Salazar), TWM (Mary Bartra), Las Bambas (Yill Portugal B.), Interglobo
(Leopoldo Denegri), Lumina
Copper (Jorge Oyague G.), así como a Ricardo Quiroz A.,
Juan R. Paucar, Carlos Llacza, Juan C. Núñez A., Michel Acuy,
Oscar Ruesta A., Alberto Timoteo R., Ruth Camavilca V., Inés
Tovar F., Bárbara Flores, Hernán Dulanto O. y Eduardo Velásquez, Juan Rubén
Paucar, Alvaro Soto Yanqui, Carlos Llacza, Ricardo Quiroz
Alarcón, Edwin Cristobal Vilca, Inés Tovar Fuentes, Araceli Ames,
Mary Isabel Linares, Juan Ipince, David Seas e Ignacio Calderón V.
Ing. Juan Andrés Valdivia Jáuregui
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